ACEITES MINERALES (MOSH Y MOAH) Y MIGRACIÓN DE 3-MCPD EN PAPEL DE HORNEAR
Alemania ha notificado al RASFF la contaminación por aceites minerales (MOSH y MOAHs) y la migración de 3- MCPD en formas de papel para hornear utilizado como envoltorio de magdalenas.
Dicho papel proviene de China y ha sido introducido a la UE a través de España siendo distribuido a otros países miembros (Alemania, Eslovaquia y Eslovenia).
MOSH Y MOAH
Los hidrocarburos de aceites minerales (MOH) son compuestos químicos derivados principalmente del petróleo crudo, pero también se producen sintéticamente a partir de carbón, gas natural y biomasa. Los MOH pueden estar presentes en los alimentos como consecuencia de la contaminación ambiental, los lubricantes de las máquinas utilizadas durante la cosecha y la producción de alimentos, los auxiliares tecnológicos, los aditivos alimentarios y los materiales en contacto con alimentos. Los MOH de calidad alimentaria son tratados de manera que se reduzca al mínimo el contenido de hidrocarburos aromáticos de aceites minerales (MOAH).
En 2012, la Comisión Técnica de Contaminantes de la Cadena Alimentaria (Contam) de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) llegó a la conclusión de que los posibles efectos sobre la salud humana de los grupos de sustancias presentes entre los MOH varían considerablemente. Los MOAH pueden actuar como carcinógenos genotóxicos, mientras que algunos hidrocarburos saturados de aceites minerales (MOSH) se acumulan en los tejidos humanos y pueden causar efectos nocivos en el hígado. Dado que algunos MOAH se consideran mutágenos y carcinógenos, es importante organizar la vigilancia de los MOH para entender mejor la presencia relativa de MOSH y MOAH en los productos alimenticios que más contribuyen a la exposición alimentaria.
En enero de 2017 la Comisión publícó la Recomendación (UE) 2017/84 de la Comisión, de 16 de enero de 2017, sobre la vigilancia de hidrocarburos de aceites minerales en alimentos y en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
MCPDs
El 3-Monocloropropano-1,2-diol (3-MCPD) es un contaminante del grupo de los cloropropanoles que se forma durante la fabricación de la salsa de soja y de las proteínas vegetales hidrolizadas producidas por hidrólisis ácida. Además, en el refinado de algunos aceites vegetales, como el aceite de palma (Elaeis guineensis), también aparece junto con los ésteres del 3-MCPD, el glicidol, los ésteres glicidílicos y el 2-MCPD como contaminantes del proceso.
Concretamente, se generan en el proceso de refinado a altas temperaturas, por encima de los 200ºC. Por tanto, los ésteres de 2-MCPD y 3-MCPD, así como los ésteres glicidílicos, son considerados contaminantes importantes de los aceites comestibles utilizados como alimentos o como ingredientes alimentarios.
El 3-MCPD ha sido clasificado como posible agente carcinógeno (Grupo 2B) por IARC, al provocar infertilidad y disminución en la actividad del sistema inmunológico en ratas de experimentación. Por su parte, los ésteres glicidílicos han sido clasificados como probables agentes carcinogénicos (Grupo 2A) por IARC, mientras que el 2MCPD no ha sido evaluado por este organismo internacional hasta la fecha.
Actualmente, en la UE hay establecido en el Reglamento 1881/2006 un nivel máximo de 20 µg/kg de alimento como nivel máximo permitido para 3-MCPD en proteína vegetal hidrolizada y salsa de soja. En base al informe científico publicado por EFSA en 2013, la Comisión emitió la Recomendación 2014/661/UE en la que se insta a participar activamente a los explotadores de empresas alimentarias y de piensos, y a los Estados Miembros, en el control de la presencia de 2-MCPD y 3-MCPD de ésteres de ácidos grasos de 2-MCPD- y 3-MCPD y de ésteres glicidílicos de ácidos grasos en los alimentos.
Información adicional en el siguiente link: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32019H0794&from=ES