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LIMITES MAXIMOS DE PERCLORATO EN ALIMENTOS

Recientemente se ha publicado en DOUE la modificación del Reglamento (UE) 1881/2006, por el cual, se actualizan y establecen nuevos límites máximos autorizados en Perclorato para ciertos alimentos tales como: FRUTAS, HORTALIZAS, INFUSIONES, ALIMENTACIÓN INFANTIL y PREPARADOS PARA LACTANTES; a fin de limitar la ingesta y exposición de este contaminante que - aún a pesar de su baja persistencia - está catalogado como posible causante de la inhibición de la captación tiroidea de Iodo. Clorato y Perclorato se encuentran presentes de forma natural en la naturaleza, aunque también se originan por degradación de hipoclorito sódico - cuando este se emplea en el tratamiento y desinfección de aguas de consumo - o como resíduos contaminantes de múltiples procesos industriales – producción de propelentes y explosivos en general. Las empresas alimentarias y productores deberán adaptarse y cumplir con los nuevos límites señalados en el Reglamento (UE) 2020/685, a partir del próximo 1 de julio de 2020. Desde LQM ofrecemos el servicio de análisis de Clorato y Perclorato ACREDITADOS en las matrices de:

  • FRUTAS
  • HORTALIZAS
  • CITRICOS
  • CEREALES
  • CARNES Y PESCADOS
  • LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS
  • ALIMENTOS INFANTILES
  • PREPARADOS PARA LACTANTES
  • PREPARADOS DE CONTINUACIÓN
Información adicional en el siguiente link: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:32020R0685&from=ES

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